Estos son los criterios para la indemnización de perjuicios morales en eventos de lesiones personales (1:43 p.m.)
08 de Marzo de 2019
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Nota:
110848
Dentro de una acción de reparación directa, la Sección Tercera del Consejo de Estado explicó lo relacionado con los perjuicios morales y aclaró que solo se deben estudiar los perjuicios cuestionados en el recurso de apelación. Al respecto la corporación unificó en el 2014 sus criterios de indemnización de perjuicios morales en los eventos de lesiones personales. En esta providencia se trazaron unos parámetros de guía para la tasación del daño moral de acuerdo a factores como el porcentaje de incapacidad laboral que dejó la lesión y el grado de parentesco de los demandantes en relación con la víctima directa. Conozca estos aspectos en un recuadro que se encuentra en el documento adjunto a la nota. Finalmente, precisó que en los eventos en los cuales se demuestra que la parte demandante está conformada por los padres, hermanos, hijos, abuelos o cónyuge del lesionado el perjuicio moral se infiere del vínculo parental o marital (C. P. Guillermo Sánchez Luque).
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