Administrativo
Estas son las pautas a tener en cuenta para cumplir la Ley de Garantías
24 de Julio de 2015
La Contraloría General de la República (CGR) expidió la Circular Externa 011, donde señala una serie de recomendaciones sobre la gestión fiscal y las prohibiciones vigentes en época preelectoral, con la finalidad de que los recursos y la ejecución presupuestal de las entidades públicas no se utilicen para favorecer causas políticas.
Es de mencionar que el valor de la apropiación presupuestal inicial para atender el proceso electoral asciende a $ 474.000 millones, costo de las consultas internas de los partidos y movimientos políticos y la elección de autoridades locales (gobernadores, alcaldes, disputados, concejales y ediles) que se realizarán durante 2015.
De acuerdo con la circular, la CGR ejercerá especial vigilancia sobre los recursos públicos que involucran el desarrollo de jornadas electorales, para que sean destinados a los fines determinados.
Prohibiciones vigentes
Les está prohibido acosar, presionar o determinar, en cualquier forma, a subalternos para que respalden alguna causa, campaña o controversia política; favorecer con promociones, bonificaciones o ascensos indebidos a quienes dentro de la entidad a su cargo participan en su misma causa o campaña política y ofrecer algún tipo de beneficio directo, particular, inmediato e indebido para los ciudadanos o para las comunidades mediante obras o actuaciones de la administración pública, con el objeto de influir en la intención de voto.
La infracción de las anteriores prohibiciones constituye falta gravísima, acotó la Contraloría.
Recordó, igualmente, las prohibiciones vigentes para gobernadores y alcaldes sobre celebración de convenios interadministrativos para la ejecución de recursos públicos, dentro de los 4 meses anteriores a las elecciones; lo mismo que la prohibición que hay para el manejo de cupos presupuestales, en el caso de diputados, concejales y miembros de juntas administradoras locales, municipales y distritales.
Inhabilidad para contratar a quienes financian campañas
El Contralor General de la República mencionó también la inhabilidad para contratar que se aplica a quienes han financiado campañas políticas, tal como lo dispone el artículo 2º de la Ley 1474 del 2011:
Las personas que hayan financiado campañas políticas a la Presidencia de la República, a las gobernaciones o a las alcaldías con aportes superiores al 2,5 % de las sumas máximas a invertir por los candidatos en las campañas electorales en cada circunscripción electoral, no podrán celebrar contratos con las entidades públicas, incluso descentralizadas del respectivo nivel administrativo para el cual fue elegido el candidato, inhabilidad que se extenderá por todo el periodo para el cual el candidato fue elegido.
Responsabilidades fiscales
Señaló, además, las responsabilidades fiscales a que puede haber lugar, por ejemplo, cuando los ordenadores del gasto o cualquier otro funcionario contraigan a nombre de los órganos oficiales obligaciones no autorizadas en la ley, o expidan giros para pagos de las mismas.
Medios donde la CGR recibe denuncias sobre el tema electoral
Finalmente, tras exponer los principales mandatos legales que deben guiar la actuación de los servidores públicos, la entidad extendió una invitación para denunciar cualquier anomalía que se presente alrededor de este tema, bien sea ante la Unidad de Recepción Inmediata para la Transparencia Electoral (URIEL) del Ministerio del Interior, o ante la propia Contraloría.
Para efecto de recibir denuncias sobre anomalías en el tema electoral, la CGR tiene dispuesto los siguientes medios:
Línea gratuita 01 8000 910060
Línea fija PBX 6477000 extensión 1820
Correo electrónico: control_ciudadano@contraloria.gov.co
Sitio web: www.contraloria.gov.co link denuncias y atención personalizada en la Carrera 9 No. 12C-10, sede centro; y en la Carrera 63 No. 14-97 Puente Aranda, de Bogotá. Y en las 32 gerencias departamentales de la CGR, ubicadas en las capitales del país.
(Contraloría General de la República, Circular Externa 011, julio/15/2015)
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