Estas son las instrucciones para trasladar docentes por razones de seguridad (1:56 p.m.)
16 de Enero de 2015
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Nota:
98305
Teniendo en cuenta que el Gobierno, mediante el Decreto 1782 del 2013, estableció los criterios y el procedimiento para realizar los traslados que por razones de seguridad soliciten los educadores oficiales de las entidades territoriales certificadas, la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) recuerda que los traslados pueden ser de dos clases: en razón a la condición de amenazado o de desplazado. Para el caso de amenazas, la CNSC resalta que esta aplica sin excepción alguna a todos los educadores, sin importar si su vinculación se materializó a través de nombramiento en provisionalidad o en propiedad o si ostenta derechos de carrera administrativa. El traslado por desplazamiento se aplica a los educadores oficiales con derechos de carrera, según el mencionado decreto. Así mismo, hace claridad sobre la competencia de la CNSC frente a dichas reubicaciones. Define, además, una serie de instrucciones sobre la solicitud de información de autorizaciones de provisión transitoria para efectos de los traslados por amenazas, así como las pautas para el trámite de estas.
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