Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Estas son las características que la jurisprudencia le ha atribuido a la pérdida de oportunidad (11:22 a.m.)

Openx [71](300x120)

104530

30 de Octubre de 2015

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

La Sección Tercera del Consejo de Estado recordó entre las características que la doctrina y la jurisprudencia le han atribuido a la pérdida de oportunidad el deber de constituir una probabilidad seria y debidamente fundada que permita afirmar la certeza del daño y no una mera posibilidad, vaga y genérica que no constituye más que un daño meramente hipotético o eventual. Igualmente, resaltó que frente a estos eventos lo perdido o frustrado es la oportunidad en sí misma y no el beneficio que se esperaba lograr o la pérdida que se pretendía eludir. Por su parte, indicó que este tipo de daño autónomo se distingue porque su medida es proporcional al grado de probabilidad que se tenía de alcanzar el beneficio pretendido y , finalmente, porque el bien lesionado es un bien jurídicamente protegido (C.P. Ramiro De Jesús Pazos)

¿Quieres descargar este documento?

close

Necesitas estar suscrito para acceder a este contenido.
Suscríbete ahora o inicia sesión y accede a documentos exclusivos, análisis jurídicos y más

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx [12](300x250)

Openx [16](300x600)

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)