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Administrativo


Estado responde por daños que causen presos liberados irregularmente

Aunque se trata de un daño producido por un tercero, el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario asume la responsabilidad.
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12 de Diciembre de 2011

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El Estado debe responder por los daños que causen los presos que son liberados de forma irregular por las autoridades carcelarias. Así lo indicó la Sección Tercera del Consejo de Estado, en sentencia del pasado mes de octubre.

 

Aunque se trata de un daño producido por un tercero, el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) asume la responsabilidad, cuando le concede la libertad a una persona que está bajo su custodia y sobre la que no procede la concesión de permisos ni su liberación definitiva.

 

El Consejo reiteró que, en estos casos, la responsabilidad estatal se deriva del desconocimiento de su posición de garante, por la falta de previsión y de diligencia de las entidades carcelarias.

 

En el asunto analizado por el alto tribunal, el Inpec fue condenado por liberar erróneamente a una persona condenada por homicidio. Luego de haber obtenido la libertad, el expresidiario  asesinó a una periodista y fue condenado nuevamente.

 

La corporación concluyó que la falla de la institución carcelaria incrementó el riesgo, hasta que se configuró el daño resarcible.

 

(C. E., Secc. Tercera, Sent. 20861, oct. 19/11, C. P. Jaime Orlando Santofimio)

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