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Estado debe responder por la agudización de afecciones síquicas durante el servicio militar obligatorio (8:25 a.m.)

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04 de Junio de 2015

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Cuando la sintomatología de una afección síquica sufrida por un conscripto se desarrolla o agudiza durante el servicio activo, el Estado se encuentra en el deber jurídico de responder y con mayor razón en los casos de enfermedades congénitas, por cuanto se somete a una persona no apta, desde un principio, a prestar el servicio militar obligatorio. Así lo afirmó la Sección Tercera del Consejo de Estado, luego de explicar que estos eventos desvirtúan el principio de igualdad de las personas ante las cargas públicas. Según el alto tribunal, aunque el examen de ingreso a la actividad resulta insuficiente para detectar una enfermedad mental, por no ser exhaustivo, a su juicio, es claro que frente a las personas que prestan su servicio militar obligatorio surge para el Estado una obligación de resultado como es la de devolverlos a la vida civil en perfectas condiciones. Al respecto, indicó que se parte de la consideración según la cual si un joven es declarado apto para la prestación del servicio militar se infiere que goza de un buen estado de salud, siendo entonces deber de la administración hacer lo propio para mantener dicha situación, para así poder entregar a la persona en las condiciones en que lo recibió (C.P. Hernan Andrade Rincón).

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