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ESE cuentan con guía para establecer empleos temporales

06 de Octubre de 2015

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El Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP) puso a disposición de la ciudadanía una guía para establecer empleos temporales en las empresas sociales del estado (ESE), en la cual se encuentran temas como ¿Qué son los empleos temporales?, ¿Cuáles son las condiciones para crear un empleo temporal?, ¿Qué aspectos se deben tener en cuenta para la creación de una planta temporal en las ESE? y ¿Cómo se termina la asignación salarial y prestacional de los servidores de carácter temporal?

 

Cabe señalar que el documento puede ser consultado o descargado en el sitio web de la Función Pública.

 

Con este instrumento se pretende proporcionar elementos técnicos y jurídicos que faciliten la elaboración de la justificación técnica o estudio técnico y financiero que legalmente se requiere para la creación de empleos de carácter temporal, explicó en un comunicado la entidad.

 

De acuerdo con el documento, la creación de empleos temporales deberá responder a una de las siguientes condiciones:

 

• Cumplir funciones que no realiza el personal de planta por no formar parte de las actividades permanentes de la administración.

• Desarrollar programas o proyectos de duración determinada.

• Suplir necesidades de personal por sobrecarga de trabajo, determinada por hechos excepcionales;

• Desarrollar labores de consultoría y asesoría institucional de duración total, no superior a  12 meses y que guarde relación directa con el objeto y la naturaleza de la institución.

 

Así mismo, recomienda a las ESE elaborar un estudio técnico o una justificación técnica y financiera, que en todo caso deberá contar con el concepto previo y favorable del DAFP y la viabilidad presupuestal de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda.

 

Para las del orden territorial, deberá someterse a la aprobación de la respectiva junta directiva, que expedirá el acuerdo de creación. (Lea: Trabajadores temporales no pueden desarrollar actividades propias de entidades públicas)

Además, precisa que estos empleos se proveerán mediante resolución, en la cual se deberá indicar: el tiempo de vinculación, la descripción de las funciones de acuerdo con la actividad o proyectos a desarrollar y la apropiación y disponibilidad presupuestal para cubrir.

 

(Departamento Administrativo de la Función Pública, Documento, oct. 1º/15)

 

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