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¿En qué consiste el deber de motivar los actos administrativos?

09 de Febrero de 2018

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El Consejo de Estado explicó que el deber de motivar las decisiones administrativas a nivel convencional, constitucional y legal consiste en que las autoridades públicas sustenten de manera suficiente las razones por las cuales adoptan una determinada decisión jurídica.

 

En efecto, la motivación es la exteriorización de la justificación razonada que permite llegar a una conclusión, sin la cual las decisiones se tornan arbitrarias.

 

De otra parte, con fundamento en la jurisprudencia constitucional, la Sección Tercera sostiene que este deber de motivar tiene relación intrínseca con los principios democrático, de publicidad y del debido proceso.

 

Por lo tanto, manifestó, la carencia de este elemento en el acto administrativo que define alguna situación jurídica configura un vicio que hace procedente el control en sede contencioso administrativa (C. P. Jaime Orlando Santofimio).

 

CE Sección Tercera, Sentencia 76001233100020010346001 (35273), Nov. 27/17

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