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En condena por detenciones injustas, Consejo de Estado pide prudencia a autoridades penales

28 de Febrero de 2014

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El Consejo de Estado les pidió nuevamente prudencia y ponderación a las autoridades penales cuando decidan procesos de alto impacto en la opinión pública.

 

En una sentencia del pasado 9 de enero, la corporación condenó a la Nación a pagar más de 3.000 millones de pesos como indemnización por la privación injusta de la libertad de los ciudadanos Alberto Júbiz Hazbún, Héctor Manuel Cepeda y Norberto Hernández Romero, sindicados del homicidio del candidato a la Presidencia de la República Luis Carlos Galán Sarmiento, ocurrido el 18 de agosto de 1989.

 

Estas personas permanecieron detenidas por más de tres años en diferentes cárceles, como presuntos autores materiales de homicidio con fines terroristas. La Sección Tercera señaló que tanto la captura como la investigación adelantada se basaron en irregularidades que fueron reconocidas por la propia Fiscalía General de la Nación al momento de cerrar el proceso y ordenar su libertad.

 

“En el presente caso se presentó una grave violación a los derechos de buen nombre y honra de las aludidas víctimas, puesto que fue un hecho notorio a nivel nacional que el propio Estado (…) sometiera a tales personas al escarnio público y se empecinara en mostrarlas como los directos responsables del magnicidio del candidato presidencial Luis Carlos Galán Sarmiento, el cual fue un acontecimiento que conmocionó al país entero y, por esa razón, provocó el odio, el desprecio público y el rechazo frente a esas personas”, indica la sentencia. 

 

De acuerdo con el alto tribunal, Júbiz, Cepeda y Hernández fueron víctimas de la irracionalidad del poder, que les arrebató injustamente la libertad y afectó su honra y dignidad.

 

“Fue un hecho notorio a nivel nacional el despliegue periodístico que los diversos medios de comunicación le dieron a la noticia de la captura de los asesinos del doctor Luis Caros Galán, divulgación que fue auspiciada y respaldada por el propio Estado, que trasmitió una falsa imagen de eficiencia y eficacia en la lucha contra el delito”, explica el fallo.

 

El Consejo también encontró demostrado el actuar gravemente culposo del exdirector del DAS Miguel Alfredo Maza Márquez, que actuó de manera ligera al culpar a los investigados, sin que existiera una decisión judicial. Por tal motivo, Maza fue condenado a reintegrarle al Estado, en un 50 %, las sumas de dinero que las entidades demandadas deben pagar como indemnización.

 

Finalmente, el alto tribunal les ordenó al organismo investigador y a la Policía Nacional ofrecerles excusas a los familiares de las víctimas en un acto público de reconocimiento de responsabilidad.

 

(Consejo de Estado, Sección Tercera, Sentencia 25000232600019951071401 (33806), ene. 29/14, C. P. Hernán Andrade)

 

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