Devolución de aportes parafiscales y a la seguridad social ya no requiere autorización previa del Ministerio de la Protección Social (3:20 p.m.)
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10 de Mayo de 2011
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De acuerdo con lo previsto en la Circular Externa 9 del pasado 24 de enero, las solicitudes de devolución o reintegro de aportes parafiscales y aportes al sistema integral de seguridad social deben ser atendidas por las entidades encargadas de administrarlos, quienes determinarán la pertinencia o no, sin que se requiera autorización previa del Ministerio de la Protección Social, pues la norma mencionada replanteó el procedimiento.
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