Denuncias por acoso sexual no inhabilitan para participar en un concurso de méritos
13 de Marzo de 2020
El acceso a los empleos de carrera se hará mediante concursos de méritos abiertos y de libre concurrencia, es decir, todos los ciudadanos pueden participar siempre y cuando acrediten los requisitos y condiciones requeridos para su desempeño.
De acuerdo con lo previsto en varios pronunciamientos de la Corte Constitucional, el régimen de inhabilidades e incompatibilidades, así como las calidades, exigencias o requisitos que debe reunir quien aspire a ingresar o a permanecer al servicio del Estado deben estar consagrados en forma expresa y clara en la Constitución y la ley.
Por su parte, el Consejo de Estado ha considerado que las inhabilidades son restricciones fijadas por el constituyente o el legislador para limitar el derecho de acceso al ejercicio de cargos o funciones públicas, por lo que tienen un carácter prohibitivo y, por ende, son taxativas y su interpretación restrictiva.
Así las cosas, precisó el Departamento Administrativo de la Función Pública, no existe disposición normativa alguna que impida o inhabilite a un aspirante a participar en un concurso de méritos por tener denuncias por acoso sexual, lesiones personales u homicidio culposo.
Sin embargo, aclaró, si la persona gana el concurso de méritos, es nombrada como empleada de carrera administrativa y posteriormente es condenada a pena privativa de la libertad mediante sentencia ejecutoriada por los delitos imputados, esta situación es causal de retiro, en virtud del artículo 41 de la Ley 909 del 2004.
Adicionalmente, el numeral 3 del artículo 38 de la Ley 734 del 2000 dispone que hallarse en estado de interdicción judicial o con una sanción penal constituye inhabilidad para desempeñar cargos públicos, a partir de la ejecutoria del fallo.
DAFP, Concepto 34561, Ene. 28 – 20.
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