Administrativo
Demandan notificación de procesos a la Agencia de Defensa Jurídica del Estado
14 de Agosto de 2013
La directora de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, Adriana Guillén, interpuso una demanda de inconstitucionalidad contra de los incisos 6º y 7º del artículo 612 del Código General del Proceso (Ley 1564 del 2012).
Las disposiciones censuradas establecen la forma de notificar a esa agencia en los procesos que se tramiten ante cualquier jurisdicción en donde sea demandada una entidad pública.
A juicio de la funcionaria, la norma es excesiva y desproporcionada, pues la actuación de la agencia es facultativa y, por lo tanto, no está obligada a intervenir en todos los procesos. En esa medida, recordó que la instancia competente debe definir los criterios de intervención, de conformidad con los parámetros fijados por el legislador.
“La creación de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado obedece a un doble propósito: la reducción del daño antijurídico y la defensa efectiva de los intereses litigiosos de la Nación, con el fin de disminuir la responsabilidad patrimonial y la actividad litigiosa de las entidades públicas del orden nacional”, señaló.
Guillén precisó que el legislador facultó a la agencia para intervenir en cualquier estado del proceso, en todos los asuntos donde sea parte una entidad pública o donde se considere necesario defender los intereses patrimoniales del Estado. De este modo, atribuyó a sus órganos directivos unas competencias específicas, para que sean ellos quienes establezcan los criterios de selección de los procesos que debe revisar.
La directora advirtió que la agencia no está en capacidad de revisar todas las demandas con la celeridad y el rigor que suponen. Por el contrario, la pretensión de satisfacer esta tarea generaría una distracción de recursos originalmente comprometidos en los procesos que ya están en curso.
Finalmente, explicó que el número de procesos que la agencia está en capacidad de atender directamente como interviniente o apoderada judicial es bastante limitado.
“Téngase en cuenta que en los primeros cinco meses del presente año la Agencia ha sido notificada de 41.692 procesos, sólo en mayo fue notificada de 14.820 procesos, es decir, 705 procesos diarios. Según cálculos hechos por la secretaría general de la Entidad, por cuenta de lo anterior, en los cinco primeros meses de 2013, la Agencia ha recibido 1.879.883 folios”, señala la demanda.
(Corte Constitucional, Demanda D-9746, jun. 19/13, Demandante: Adriana Guillén Arango)
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