Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Demandan norma que fija reglas para liquidar prima de navidad de servidores del Estado

Según el demandante, la exclusión de varios factores salariales no afecta a los trabajadores con mejores ingresos.
182016
Imagen
Hoy vence el plazo para consignar las cesantías (Rawpixel)

18 de Abril de 2024

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

La Corte Constitucional admitió una demanda de inconstitucionalidad contra el literal a) (parcial) del artículo 33 del Decreto-Ley 1045 de 1978, por el cual se fijan las reglas generales para la aplicación de las normas sobre prestaciones sociales de los empleados públicos y trabajadores oficiales del sector nacional.

Según el texto, cuando el legislador extraordinario, en la norma demandada, se refirió privativamente a la asignación básica para el cargo dejó de lado los otros elementos que en forma directa conforman el salario, como el trabajo suplementario, el realizado en jornada nocturna o en días de descanso obligatorio.

En ese sentido, agregó el demandante, se discrimina a los trabajadores de menores ingresos, teniendo en cuenta que son ellos quienes tienen la posibilidad de aumentarlos precisamente con los emolumentos excluidos.

Y es que la limitación de incluir los recargos del salario variable como factor salarial para liquidar la prima de navidad no afecta a todos los servidores públicos, sino solo a aquellos que pueden devengarlos, es decir, los que están en los eslabones más bajos de la escala salarial. En otras palabras, señala la demanda, la exclusión no afecta a los trabajadores con mejores ingresos.

Gracias por leernos. Si le gusta estar informado, suscríbase y acceda a todas nuestras noticias y documentos sin límites.  

Paute en Ámbito Jurídico.

Siga nuestro canal en WhatsApp.

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)