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Daños ambientales por atentados deben hacer parte de las negociaciones con las Farc

06 de Julio de 2015

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A propósito de recientes atentados guerrilleros que han provocado derrame de crudo en cuencas hidrográficas y otros escenarios naturales, el Consejo de Estado conminó al Gobierno Nacional a que incluya en las negociaciones de paz con la Farc, en La Habana (Cuba), un capítulo relacionado con los daños que ha sufrido el medio ambiente por cuenta del conflicto armado.

 

Así lo sostuvo la Sección Tercera, al advertir que el artículo 14 del Protocolo II al Convenio de Ginebra (Suiza), prohíbe que se provoque la inutilidad de los medios indispensables para la población civil.

 

Además, advirtió que el artículo 55 del Convenio I exige que no se adelanten acciones encaminadas a causar daño a los entornos naturales.

 

“’1. En la realización de la guerra se velará por la protección del medio ambiente natural contra daños extensos, duraderos y graves. Esta protección incluye la prohibición de emplear métodos o medios de hacer la guerra que hayan sido concebidos para causar o de los que quepa prever que causen tales daños al medio ambiente natural’”, dice el fallo al aludir a la norma.

 

Adicionalmente, la Sala solicitó a la unidad de delitos ecológicos o ambientales de la Fiscalía verificar si hay lugar a ejercer la acción penal contra insurgentes de las Farc responsables del vertimiento de petróleo ocasionado por un atentado al oleoducto trasandino, producido en Puerres (Nariño) el 15 de abril de 1996.

 

(Consejo de Estado Sección Tercera, Sentencia 52001233100019980018201 (30385), Jul. 1/2015, C. P. Jaime Orlando Santofimio).

 

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