Administrativo
Corte reivindica derechos de funcionarios de libre nombramiento y remoción con discapacidad
12 de Diciembre de 2014
La Corte Constitucional negó la solicitud de nulidad de un fallo de tutela mediante el cual ordenó el reintegro de un funcionario de libre nombramiento y remoción que fue declarado insubsistente por la Fiscalía General de la Nación, pese a enfrentar varias afecciones de salud que le generaron una discapacidad.
El trabajador fue diagnosticado con un trastorno de ansiedad por estrés, y se le recetó terapia vestibular por vértigo periférico. En virtud de esto, la Corte ordenó reubicarlo en un cargo que se adecuara a las condiciones físicas que estaba enfrentando. Además, dispuso el pago de los salarios y las prestaciones dejados de devengar, y llamó la atención de la entidad, para evitar que se repitan los hechos que dieron origen a la tutela.
La Sala Plena advirtió que los operarios con limitaciones físicas o mentales no solo ven satisfechos sus derechos con la garantía de acceso al trabajo, sino que demandan las condiciones necesarias para ejercer sus labores en condiciones dignas.
A su juicio, el estrés laboral tiene una multiplicidad de impactos negativos, entre ellos las enfermedades físicas, como los problemas psicosomáticos y psicosociales, y la baja productividad. Por lo tanto, es imperioso para el Estado dispensar un entorno laboral saludable, concluyó.
(Corte Constitucional, comunicado, Auto 382, dic. 11/14)
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