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Corte publica fe de erratas sobre exequibilidad de proyecto que regula derecho de petición

20 de Enero de 2015

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Debido a un error en el comunicado 47, correspondiente a las decisiones adoptadas los días 3 y 4 de diciembre del 2014, se omitieron dos puntos de la parte resolutiva de la Sentencia C-951, que avaló el articulado del proyecto de ley estatutaria que regula el derecho de petición, el cual hará parte del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

 

La Corte Constitucional aclaró que dicho fallo también declaró la exequibilidad condicionada de los artículos 16 y 26 de la iniciativa, relativos al contenido de las peticiones y la insistencia del solicitante en caso de reserva, respectivamente.

 

De un lado, el numeral 2º del artículo 16 exige la identificación del peticionario, frente a lo cual la corporación estableció que es viable tramitar y resolver de fondo peticiones anónimas, cuando existan razones serias y creíbles que justifiquen mantener la reserva de la identidad.

 

En cuanto al artículo 26, el condicionamiento introducido radica en permitir la resolución del recurso de insistencia por cualquier juzgador en los municipios donde no existe juez administrativo.

 

Vale la pena destacar que la propuesta sigue pendiente de sanción presidencial.

 

(Corte Constitucional, fe de erratas comunicado Sentencia C-951, dic. 4/14)

 

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