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Actualizado hace 9 minutes | ISSN: 2805-6396

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Corte Constitucional ordena un nuevo concurso de méritos en la Fiscalía

27 de Mayo de 2011

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Nota:
28598

El primer concurso de méritos realizado por la Fiscalía General de la Nación para proveer cargos en esa entidad ya no tendrá más eficacia. De las listas de elegibles formadas a raíz del concurso, no se podrán hacer más nombramientos en el ente acusador.

 

Así lo decidió la Corte Constitucional, en una sentencia unificada de tutela que cambió la jurisprudencia sobre el vencimiento de las listas de elegibles de los concursos.

 

La tesis original sostenía que estas listas eran abiertas, de manera que todas las vacantes que fueran surgiendo se podían suplir con ellas. Pero ahora, la Corte estableció el sistema de listas cerradas, las cuales solo se pueden emplear para proveer el número exacto de cargos de las convocatorias.

 

Las consecuencias

Además de la modificación jurisprudencial, lo llamativo del fallo es la serie de órdenes concretas que se derivan de él.

 

En primer lugar, las listas quedan sin vigencia. Ya no se podrán hacer más nombramientos con ellas. Además, se ordenó abrir un nuevo concurso para proveer nuevos cargos y nuevas vacantes en la Fiscalía, en un plazo máximo de dos años.

 

De otro lado, los servidores que fueron nombrados de las listas por encima de los cargos por los cuales se abrió el concurso pierden su estatus de carrera y pasan a ser provisionales.

 

La Corte le concedió un efecto inter comunis a la tutela, algo extraordinario en el alto tribunal, que, en la mayoría de los casos, les asigna efectos inter partes a estas acciones. Es decir, las decisiones tomadas afectarán por igual a todas las personas que estén en la misma situación.

 

En concordancia con lo anterior, quienes estaban en provisionalidad y fueron desvinculados por el concurso tendrán que ser reintegrados en provisionalidad, cuando surjan vacancias.

 

Sin embargo, la Corte hizo una excepción: las personas que estén en situaciones especiales, como los padres y las madres cabeza de familia; las que estén a punto de pensionarse y los discapacitados que fueron desvinculados a raíz del concurso tendrán una especial protección, con el fin de que puedan ser reincorporados.

 

(C. Const., comunicado Sent. SU-446, mayo 26/11, M. P. Jorge Pretelt)

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