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Control de advertencia de Contraloría por carrusel de pensiones no tiene control de legalidad: Procuraduría

25 de Febrero de 2014

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La Procuraduría General de la Nación le pidió al Consejo de Estado que se abstenga de analizar de fondo la demanda al control de advertencia de la Contraloría General de la República por el presunto “carrusel de pensiones” que se venía registrando en la Rama Judicial, principalmente en el Consejo Superior de la Judicatura.

 

Según el Ministerio Público, esta actuación no constituye un acto administrativo susceptible de control de legalidad ante la jurisdicción contenciosa, en los términos del artículo 83 del Código Contencioso Administrativo. Por lo tanto, el alto tribunal debe inhibirse de fallar de fondo.

 

Si bien la jurisprudencia ha decidido adelantar este tipo de juzgamientos frente a circulares, oficios e incluso advertencias, la condición es que tales determinaciones tengan la capacidad de afectar situaciones jurídicas, lo que no ocurre en este caso, pues la Contraloría no afecta la realidad jurídica de ninguno de los afectados con al acto administrativo demandado, agrega el concepto.

 

A juicio de la Procuraduría, este control de advertencia no modifica ninguna característica de la vinculación a la función pública de los trabajadores que están próximos a obtener la pensión.

 

La actuación del organismo de control fiscal, agregó, se limita a recordar el marco normativo que se debe tener en cuenta en estos casos, frente al deber del Estado de mantener la sostenibilidad de sus propias finanzas.

 

Cabe recordar que la Contraloría, mediante el acto acusado, recordó la necesidad de evaluar el impacto fiscal de este tipo de nombramientos y designaciones, a la luz de las cargas que, en materia pensional, podría terminar asumiendo la administración.

 

(Procuraduría General de la Nación, Concepto Expediente 11001032400020120020600 (18212012), ene. 24/14, C. P. Bertha Lucía Ramírez)

 

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