11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 5 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

2/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Administrativo

Administrativo


Consejo de Estado niega tutela que buscaba continuar proceso de revocatoria de Gustavo Petro

29 de Julio de 2014

Reproducir
Nota:
20386
Imagen
medi142907elpobrepetro2-reu-1509243146.jpg

El Consejo de Estado rechazó la acción de tutela por medio de la cual un ciudadano buscaba que la Registraduría Nacional del Estado Civil siguiera adelante con el proceso de revocatoria del mandato del alcalde de Bogotá, Gustavo Petro.

 

Según el alto tribunal, ante la falta de evidencia de un perjuicio irremediable, no es viable acceder al amparo sin haber agotado los recursos ordinarios. Además, señaló que acceder a las pretensiones de la demanda supondría el desconocimiento de la Resolución 340 del pasado 20 de marzo, por la cual la Registraduría decidió no continuar con el trámite de revocatoria, que goza de presunción de legalidad.

 

La corporación destacó los reparos de la entidad accionada, según los cuales, si se ratifica la sanción disciplinaria que la Procuraduría General de la Nación le impuso a Petro, reiniciar el proceso de revocatoria implicaría incurrir, en vano, en un gasto cercano a los 35.000 millones de pesos.

 

“La Sala encuentra razonable tal argumento de la entidad demandada, lo cual aunado al hecho de que es la autoridad competente para expedir el acto acusado y que el mismo se funda en supuestos fácticos cuya veracidad no fue cuestionada por el accionante, permiten establecer que no se está ante un perjuicio irremediable que ‘sea injustificado’ y ‘que no provenga de una acción legítima”, señala la providencia.

 

El acto atacado, destaca el fallo, se funda precisamente en la necesidad de esperar a que exista un pronunciamiento definitivo sobre la destitución e inhabilidad por 15 años que la Procuraduría le impuso al mandatario distrital.

 

(Consejo de Estado, Sección Primera, Sentencia 20140065101, jul. 10/14, C. P. María Elizabeth García)

 

Documento disponible para suscriptores de Legismóvil. Solicite un demo.

 

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)