11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 54 minutes | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Administrativo

Administrativo


Consejo de Estado admite demanda contra topes de campañas electorales

17 de Enero de 2014

Reproducir
Nota:
22023

El Consejo de Estado admitió una demanda contra la Resolución 228 del 2013 expedida por el Consejo Nacional Electoral (CNE), que limitó los gastos de campaña para las elecciones parlamentarias del 2014 y fijó los topes para las campañas políticas de las consultas internas que adelanten los partidos.

 

La norma acusada impone un máximo de gastos de 30.188 millones para la circunscripción nacional del Senado, y de 334 millones para la circunscripción nacional especial. De estas cifras, los movimientos con personería jurídica solo podrán aportar hasta un 20 % del valor máximo autorizado para cada caso.

 

Frente a la circunscripción internacional de la Cámara, el CNE autorizó un máximo de 239 millones; hasta 559 millones en la circunscripción especial para grupos étnicos, y de entre 439 millones y 4.034 millones, en las territoriales. En el caso de Bogotá, el tope es de 4.257 millones.

 

La financiación que podrán recibir estas candidaturas por parte de los movimientos con personería jurídica, al igual que en Senado, es del 20 % del tope autorizado.

 

Por su parte, las campañas de los precandidatos a integrar las listas dentro de las consultas populares de los partidos tienen una financiación equivalente a la mitad del valor que surja de dividir el monto máximo de respectiva lista y el número de curules por conceder en cada circunscripción.

 

La demanda, interpuesta por el abogado Carlos Mario Isaza, fue repartida al despacho de la magistrada de la Sección Quinta Lucy Jannette Bermúdez.

 

(Consejo de Estado, Sección Quinta, Auto 11001032800020130006000, dic. 10/13)

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)