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Administrativo


Conducta de policías en licencia puede ser analizada disciplinariamente: Consejo de Estado

En estos casos, los agentes conservan su condición de servidores públicos “en servicio activo”, por lo que sus conductas están sujetas al análisis de las autoridades disciplinarias.
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25 de Septiembre de 2014

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Debido a la importancia de su labor, no es posible concebir que la conducta de los miembros de la Policía Nacional sea una mientras están en servicio y otra cuando se encuentren en permiso o licencia.


Así lo señaló la Sección Segunda del Consejo de Estado, al confirmar la sanción de suspensión del cargo por el término de seis meses impuesta a un patrullero que, estando en franquicia, incurrió en conductas impropias y agredió a otros agentes que trataron de controlar una situación de orden público.


La corporación recordó que, según jurisprudencia de la Corte Constitucional, los miembros de la Policía que estén en las situaciones administrativas de franquicia, permiso, licencia, vacaciones, suspensión, incapacidad, excusa de servicio u hospitalización conservan su condición de servidores públicos de la institución “en servicio activo”, por lo que sus conductas están sujetas al análisis de las autoridades disciplinarias.


Según la Sala, “la conducta reprochada hace referencia a la agresión verbal cometida en contra de los policiales y, en especial, a un Teniente, lo cual se encuentra probado”, acción que es catalogada como falta grave, de conformidad con la Ley 1015 del 2006.


En este caso, pese a que los testimonios de los vecinos acusaban al patrullero de disparar su arma y de escuchar música a alto volumen, perturbando el orden público, el alto tribunal no se ocupó de estas conductas, debido a que no fueron analizadas por la autoridad disciplinaria.

                      

En concepto de la Procuraduría, independientemente de que un miembro de la Policía esté o no en el servicio, su conducta afecta el servicio público. En el caso analizado, “no es de recibo que un patrullero en plena vía pública participe en escándalos, asuma un proceder completamente inadecuado y atentatorio contra la tranquilidad y la paz de los ciudadanos, razón por la cual debe responder desde el punto de vista disciplinario”, señaló.

 

(Consejo de Estado, Comunicado, C. P. Alfonso Vargas Rincón. Sep. 23/14)

 

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