Condenan al Ejército por muerte de soldado en masacre de El Billar (10:23 a.m.)
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30 de Enero de 2015
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La Sección Tercera del Consejo de Estado condenó de nuevo al Ejército por el fallecimiento de un soldado miembro de un batallón de contraguerrilla, en el combate sostenido con varias cuadrillas de la columna Teófilo Forero de las Farc, ocurrido el 3 de marzo de 1998, cerca de la vereda El Billar del municipio de Cartagena del Chairá (Caquetá). El título de imputación de responsabilidad fue la falla del servicio por omisión del demandado, pues desconoció sus deberes funcionales y, así, desprotegió la vida, seguridad e integridad física de los uniformados, de los cuales murieron 62, dos desaparecieron y 43 fueron secuestrados, afirmó la corporación. De ese modo, la derrota operacional provino de la abstención voluntaria del Ejército de ejercer sus deberes y evitar el daño, porque no tomó medidas encaminadas a prevenirlo, lo que aumentó la vulnerabilidad de los soldados, dada la amenaza inminente en la que se encontraban, añadió. Al respecto, la sentencia aclaró que para establecer un juicio de responsabilidad por una conducta estatal omisiva es irrelevante e innecesario estudiar la relación causal entre los hechos y el daño, ya que la entidad demandada no participó en la producción material de este, lo cual implica que el fundamento de la imputación debe basarse en razones jurídicas, específicamente el desconocimiento de estándares normativos funcionales fijados por el ordenamiento interno y el internacional. Frente a los hechos de la masacre, el alto tribunal destacó que el Ejército conformó una brigada móvil de manera improvisada y precaria, sin los suficientes equipos militares y material de guerra para el cumplimiento de su misión (C. P. Ramiro Pazos).
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