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Con fines de reserva, fecha de realización de medidas cautelares en asuntos policivos no se debe registrar (10:35 a.m.)

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30 de Octubre de 2014

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La Secretaría de Gobierno de Bogotá, mediante Resolución 550 del pasado 15 de octubre, modificó la Resolución 328 del 2014, por la cual se eliminó la radicación de libros para identificar expedientes de naturaleza policiva y de fechas para atender diligencias de inspectores de policía, en el sentido de excluir del articulado la obligación de registrar en el aplicativo “sí actúa” información sobre las fechas en las que se van a adelantar medidas cautelares ordenadas dentro de los despachos comisorios, con el fin de preservar la reserva propia de esta comisiones civiles. Dentro de sus consideraciones, la norma tuvo en cuenta que el Código General del Proceso (Ley 1564 del 2012) señala que, cuando no se trate de la práctica de pruebas, el comisionado fijará para el efecto el día más próximo posible y la hora para su iniciación, en auto que se notificará por estado.

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