¿Cómo se legitima la privación de la libertad? (10:34 a.m.)
23 de Enero de 2019
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Nota:
110921
La Sección Tercera del Consejo de Estado, con sujeción a los lineamientos que ha trazado en sede de unificación jurisprudencial, concluyó que la privación de la libertad, como carga pública, solo se legitima con la decisión que desvirtúa la presunción de inocencia. En tal virtud, afirmó que toda privación de la libertad que se imponga dentro de una actuación penal que no termine con una sentencia condenatoria constituye un daño que las personas no están obligadas a soportar, esto es, un daño antijurídico. Además, agregó que parte de esta afirmación conforme a que la libertad personal en cuanto derecho fundamental constituye un elemento inevitable para cualquier proyecto de vida digna. Dentro de la providencia adjunta a la nota encontrará más precisiones sobre la responsabilidad frente a esta privación (C. P. Jaime Enrique Rodríguez Navas).
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