Cargos de jefe de departamento de Emcali no son considerados como un empleo público
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12 de Mayo de 2020
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Conforme a la Resolución 07781 de 1997, que fija la estructura orgánica y la planta de cargos de Empresas Municipales de Cali (Emcali), las funciones de los departamentos (no obstante incorporar otras dependencias) se limitan a aspectos eminentemente operativos como facturación, valorización y cobranzas, atención comercial, dirección Informática y sistemas de Información. De esta manera, la Sección Segunda del Consejo de Estado recordó que por tratarse de cargos que no fijan directrices, sino que las ejecutan, que no diseñan programas, sino que los ponen en marcha, que no establecen prioridades, sino que aplican las establecidas, y que no tienen a su cargo la concepción general de la empresa, sino simplemente la de un área técnica, los cargos de jefe de departamento no son de empleado público sino de trabajador oficial. Con base en ello, aseguró que la condición de trabajador oficial es absolutamente relevante, por cuanto es el elemento que define la jurisdicción competente para desatar la controversia (C. P. Gabriel Valbuena Hernández).
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