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Autoridades locales deben verificar vulnerabilidad en zonas de riesgo para habitantes

27 de Marzo de 2014

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Las obligaciones en materia de prevención de desastres recaen en las autoridades locales, a quienes les corresponde verificar el estado de vulnerabilidad en el que se encuentran los habitantes en determinada zona, recordó la Corte Constitucional.

 

En el caso analizado, relacionado con una zona de alto riesgo ubicada en Soacha (Cundinamarca), el alto tribunal encontró que no existían estudios detallados sobre el riesgo y las circunstancias de habitabilidad de los actores, ni una evaluación real y actual del estado de los terrenos en donde se ubican sus viviendas, lo que implica un desconocimiento de las obligaciones en materia de prevención de desastres.

 

Por esa razón, la Sala consideró viable la intervención del juez constitucional, ante el peligro inminente y la existencia de sujetos de especial protección que puedan estar en riesgo.

 

La decisión reitera lo señalado en la Sentencia T-583 del 2013, en la que el alto tribunal indicó que el incumplimiento de los requisitos mínimos de habitabilidad y adecuación afecta los derechos subjetivos y fundamentales de las personas que ostentan calidades de debilidad manifiesta y merecen la protección reforzada del Estado.

 

(Corte Constitucional, Sentencia T-045, ene. 31/14, M. P. Luis Ernesto Vargas Silva)

 

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