Arranca decomiso de dosis mínima que se porte en espacio público (3:40 p.m.)
01 de Octubre de 2018
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Tal como lo había anunciado, el presidente Iván Duque, en compañía del ministro de Defensa, Guillermo Botero; de la ministra de Justicia, Gloria María Borrero y de la ministra del Interior, Nancy Patricia Gutiérrez, firmó hoy el decreto mediante el cual se faculta a la Policía Nacional para combatir el microtráfico de drogas en espacios públicos. Este decreto es reglamentario del Código de Policía y Convivencia (Ley 1801 del 2016), una norma de naturaleza administrativa, no penal, que autoriza a la Policía a confiscar cualquier cantidad de droga que un ciudadano porte en el espacio público. La norma es clara en señalar que aplicará únicamente a las presuntas infracciones derivadas del porte y tenencia de las cantidades de sustancias que las normas vigentes determinan como dosis personal. Así las cosas, dice el Ejecutivo, la medida no penaliza la dosis mínima. “Aquellos a quienes les sea confiscada una cantidad igual o menor a la dosis mínima permitida y demuestren debidamente su condición de adictos, esta les será devuelta”, explicó el jefe de Estado. La norma señala el tipo de sustancias sicoactivas ilícitas sobre las que aplicará la medida. Ante lo anterior se aplicará el procedimiento establecido en el proceso verbal inmediato del artículo 222 de Ley 1801 del 2016.
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