Anulan resolución que reglamenta certificación de aptitud de conductores (10:19 a.m.)
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20 de Febrero de 2019
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Un fallo reciente de la Sección Primera del Consejo de Estado anuló la Resolución 001555 del 2005, en la cual se reglamenta el procedimiento para obtener el certificado de aptitud física, mental y de coordinación motriz para conducir y se establecen los rangos de aprobación de la evaluación requerida, expedida por el Ministerio de Transporte. La Sala dijo que si bien en la Ley 1397 del 2010 se incluyeron a los centros de reconocimiento de conductores (CRC) como los órganos encargados de expedir la mencionada certificación de aptitud a los conductores, ello no hace que la resolución acusada pudiera ser convalidada, pues en el ordenamiento colombiano no es procedente la llamada “purga de ilegalidad”, debido a que los juicios de validez se efectúan con base en las normas vigentes al momento de su expedición. “Cuando se profirió el acto acusado solo se encontraba vigente la Ley 769 del 2002, que no avizoraba en precepto alguno la existencia de los CRC. Y es que el juicio que pesa sobre los actos administrativos se efectúa con la normativa vigente al momento de su expedición y no respecto de lo que en el futuro incierto pueda regularse sobre el tema”, finalizó la Corporación (C. P. Oswaldo Giraldo López).
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