13 de Noviembre de 2024 /
Actualizado hace 9 minutos | ISSN: 2805-6396

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Anulan elección de directora general de Corporinoquía, por indebido trámite de recusaciones

04 de Octubre de 2024

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Nota:
208146

La Sección Quinta del Consejo de Estado declaró la nulidad de la elección de Doris Bernal Cárdenas como directora general de la Corporación Autónoma Regional de la Orinoquía (Corporinoquía), período 2024-2027, pues el acto de elección fue expedido sin tramitar previamente las recusaciones presentadas contra los integrantes del consejo directivo de la corporación, en los términos del artículo 12 de la Ley 1437 del 2011 (CPACA).

Los demandantes atribuyen al acto electoral impugnado vicios de infracción normativa y expedición irregular, ya que las recusaciones presentadas contra los electores no se tramitaron en debida forma, por lo que reprochan que la actuación no se hubiese suspendido para que, primero, los recusados aceptaran o rechazaran los señalamientos y, segundo, se remitieran a la Procuraduría para decidirlas, debido a que afectaban el cuórum para elegir al director general de la corporación.

En efecto, fueron recusados 15 de los 17 integrantes del órgano elector, por lo que el cuórum para elegir se afectaba. En lugar de seguir los lineamientos legales y reglamentarios, el consejo directivo optó por desestimar de fondo las causales alegadas por los recusantes, con el pretexto de que no aportaban ninguna razón jurídica ni probatoria, de manera que confundió una posible falta de fundamento de las recusaciones con las formalidades requeridas para su trámite.

Se modularon los efectos de la nulidad declarada, en el sentido de retomar el procedimiento desde la etapa de elección, que deberá iniciar con el trámite de las recusaciones, de acuerdo con las disposiciones legales y el reglamento, precisó la Sala (M.P. Omar Joaquín Barreto Suárez)

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