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Alcaldes son competentes para fijar tarifas de parqueaderos (11:37 a.m.)

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13 de Noviembre de 2018

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De acuerdo con lo previsto en el artículo 2 del Decreto 1855 de 1971, los alcaldes con competentes para reglamentar el funcionamiento de los garajes o parqueaderos, las zonas donde pueden operar y fijar los precios o tarifas máximas que pueden cobrar quienes lo operan por la prestación del servicio, teniendo en cuenta la categoría y las condiciones y necesidades locales, indicó el Ministerio de Transporte. Según la misma disposición, se entiende por parqueadero o garaje público el local urbano que con ánimo de lucro se destina a guardar o arrendar espacios para depositar vehículos dentro de una edificación construida para tal fin o dentro de un predio habilitado con el mismo objeto.  

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