Administración debe reparar muerte de personas amenazadas, aunque no hayan pedido protección (2:43 p.m.)
15 de Mayo de 2015
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Nota:
101413
El Consejo de Estado señaló que la administración está obligada a reparar el daño por muerte violenta de las personas sometidas a amenazas, aunque estas no hayan solicitado la protección de su integridad a las autoridades. La Sección Tercera indicó que cuando la eventualidad de riesgo sea visible y evidente, el hecho de que el Estado no tome las medidas de seguridad que le corresponden lo hace responsable de la materialización del perjuicio. En su criterio, en zonas donde el orden público se ve permanentemente amenazado por la presencia de grupos armados que hostigan e intimidan a quienes fungen como autoridades civiles, los organismos de seguridad están obligados a tomar medidas de protección especiales a favor de quienes ejerzan tales funciones, así aquellas no las demanden ni hayan denunciado amenazas contra su vida (C. P. Ramiro Pazos).
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