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Administración debe garantizar la adecuada prestación del servicio de salud a la fuerza pública (11:11 a.m.)

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30 de Septiembre de 2014

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El Consejo de Estado recordó lo sostenido por la Corte Constitucional con respecto a que los miembros de la fuerza pública tienen derecho a que el Estado les suministre la atención médica, siquiátrica, quirúrgica y hospitalaria necesaria cuando su salud esté afectada por situaciones ocurridas durante su vinculación al servicio. De esa manera, la conducta médica a cargo de las entidades prestadoras de servicios de salud y los médicos tratantes pertenecientes al Ejército deben corresponder a la patología a tratar y, además, ser oportuna e integral frente al tratamiento y la dolencia, pues ellos tienen una posición de garante sobre el enfermo, ya que dicha institución asumió su cuidado y custodia, advirtió el fallo. Con esos argumentos, la corporación estableció la responsabilidad estatal a título de falla del servicio por el suicidio de un militar, a quien se le suspendió el tratamiento y se le dio de alta del pabellón de siquiatría de un batallón, a pesar de su grave estado de salud mental (C. P. Enrique Gil).

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