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Administrativo


Actuaciones previas a adjudicación de licitación pueden perjudicar a terceros

Proponentes no seleccionados pueden demandar los actos administrativos definitivos que consideren ilegales y que, en su opinión, les hayan irrogado algún perjuicio.
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29 de Noviembre de 2013

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Aunque los terceros proponentes no seleccionados en un proceso licitatorio son ajenos a la relación jurídica que surja entre la entidad pública convocante y la parte adjudicataria, pueden verse perjudicados con las actuaciones previas a la elección, indicó el Consejo de Estado.

Por tal motivo, están legitimados para demandar los actos administrativos definitivos que consideren ilegales y que, en su opinión, les hayan causado algún perjuicio.

De lo anterior se desprende el deber de la administración de notificar la decisión al proponente adjudicatario y comunicarla a los vencidos en dicha convocatoria, por ser de su especial interés, añadió el alto tribunal.

En el caso analizado, concluyó que el demandante del acto administrativo que determinó la parte adjudicataria adquirió la calidad de tercero interesado, en la medida en que presentó una propuesta económica con el fin de que fuera seleccionado en el respectivo proceso.

(Consejo de Estado, Sección Primera, Sentencia 25000232400020040081401, oct. 17/13, C.P. María Elizabeth García González)

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