Administrativo
Actos de titulación profesional son susceptibles de control jurisdiccional
27 de Marzo de 2014
Los actos de titulación profesional que expiden las instituciones de educación superior son actos administrativos susceptibles de control jurisdiccional, pues son emitidos en cumplimiento de la función pública de educación, recordó la Sección Primera del Consejo de Estado.
La jurisprudencia distingue entre los actos meramente académicos, que escapan al control jurisdiccional, como los relacionados con una evaluación académica, y los actos académicos que tiene el carácter de administrativos porque son consecuencia del cumplimiento de una función administrativa delegada por el Estado.
En el caso analizado, el demandado aceptó que para cumplir con un requisito de grado en su calidad de estudiante, allegó un certificado de suficiencia de segunda lengua, sin haber realizado ni aprobado ningún curso.
El alto tribunal concluyó que se vulneraron los artículos 24 y 28 de la Ley 30 de 1992. Por esa razón, decretó la suspensión provisional del acta de grado y diploma, mediante los cuales se le otorgó el título profesional de abogado.
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