Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)

Administrativo


Unifican regulación de atención en salud para población privada de la libertad

El Ministerio de Salud integró en un solo texto la Resolución 5159 del 2015 y el Decreto 1142 del 2016, para unificar el modelo de atención de esta población.
14164
Imagen
carceles-hacinamiento-derechoshumanos2def-1509242088.jpg

18 de Agosto de 2016

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Sala Edición 5 - Imagen Principal

 

Con la Resolución 5159 del 2015, el Gobierno adoptó el modelo de atención en salud para la población privada de la libertad bajo la custodia y vigilancia del Inpec. Con la expedición del Decreto 1142 del 2016 se modificaron algunas normas contenidas en el Capítulo 11 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 del 2015, en especial las relacionadas con la conservación de la afiliación para esa población que se encuentre vinculada al régimen contributivo o a regímenes exceptuados o especiales, mientras esta continúe cumpliendo con las condiciones establecidas en los términos definidos por la ley y sus reglamentos.

 

En consecuencia, el Ejecutivo acaba de adecuar en lo pertinente la Resolución 5159 e integró en un solo texto el modelo de atención en salud. (Lea: Este es el plan de choque para enfrentar la crisis carcelaria)

 

Por ejemplo, indica que tales disposiciones también están dirigidas a las EPS, a las entidades que administran los regímenes de excepción y especiales, así como a los menores de tres años que convivan con sus madres en establecimientos de reclusión del orden nacional.

 

Por otra parte, señala que dichas EPS deberán cumplir lo definido en el modelo para la atención intramural a la población privada de la libertad que se encuentre afiliada a esas entidades.

 

Igualmente, determina que los detenidos que se encuentren en prisión domiciliaria afiliada a una EPS, a entidades que administran los regímenes de excepción y especiales deberá ser atendida dentro de la red contratada por dichas entidades.

 

Minsalud, Resolución 3595, Ago. 10/16

 

Documento disponible para suscriptores de LEGISmóvilSolicite un demo.

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)