Se acerca vencimiento del plazo para que servidores públicos presenten declaración de bienes y rentas
18 de Mayo de 2018
El Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP) informó a los servidores de las entidades y organismos del orden nacional que pueden diligenciar su declaración de bienes y rentas hasta el 31 de mayo, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 484 del 2017.
La actualización de la declaración de bienes y rentas y de la actividad económica debe hacerse a través del Sistema de Información y Gestión de Empleo Público (Sigep); en caso de que el organismo o entidad no esté vinculado a este sistema, el servidor deberá presentar de forma física la declaración a la unidad de personal, o la que haga sus veces. (Lea: Los contratistas colombianos viven una esclavitud moderna)
Cabe resaltar que el corte de cuentas para la declaración al momento de ingreso al servicio y la de actualización será el 31 de diciembre del año inmediatamente anterior al de su presentación.
Si no se diligencia este documento, tanto el servidor como la oficina de talento humano correspondiente podrían recibir sanciones disciplinarias por no cumplir ni hacer cumplir esta obligación legal. (Lea: Estos serían los siete puntos de la consulta popular contra la corrupción)
El DAFP aclaró que la información suministrada tiene clasificación de reservada y solo podrá ser suministrada por solicitud expresa de los organismos de control, para verificar datos en procesos disciplinarios y fiscales, o por la justicia ordinaria, para casos penales y civiles en los que se presuma la existencia de actos de corrupción.
Esta declaración es una responsabilidad prevista en la Ley Anticorrupción, que ordena a todo servidor del Estado, al momento de posesionarse, registrar los bienes y recursos que posee, como garantía de transparencia de sus actuaciones. Estos funcionarios también están obligados a presentar la declaración de bienes y rentas al momento de su retiro y la declaración periódica.
DAFP, Comunicado, Mayo 16/18
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