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Actualizado hace 24 segundos | ISSN: 2805-6396

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Reparación directa procede para indemnizar perjuicios por limitaciones al derecho de propiedad

04 de Diciembre de 2019

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La Sección Tercera del Consejo de Estado conoció una acción de reparación directa en la que se pretendía declarar responsable al municipio de Villavicencio por introducir modificaciones en el POT, lo cual impidió la construcción de un proyecto de vivienda, y que se procediera a la indemnización de perjuicios.

 

En la decisión, el alto tribunal precisó que la reparación directa es el medio procesal idóneo para solicitar reconocimientos económicos por los daños sufridos con ocasión de la afectación al derecho de propiedad por la reglamentación de los usos del suelo. (Lea: Corte Constitucional aclara competencia de concejos para reglamentar usos del suelo)

 

Sin embargo, fue claro al establecer que, por regla general, las decisiones que modifican la destinación de los terrenos no comprometen la responsabilidad del Estado, pues únicamente es posible condenarlo cuando la reglamentación produce una disminución desproporcionada al contenido del derecho de propiedad.

 

Así, frente al caso en concreto, el Consejo de Estado estableció que el proyecto de vivienda no se llevó a cabo por culpa exclusiva de la víctima, pues no adelantó oportunamente el proceso de construcción y, por lo tanto, exoneró de responsabilidad al municipio.

 

Responsabilidad del Estado por afectación al derecho de propiedad

 

La sala señaló los escenarios en los que las actividades del Estado sobre bienes inmuebles de particulares pueden configurar su responsabilidad:

 

  1. Ocupación material del bien raíz.

     
  2. Afectación de la propiedad privada generada por obras públicas.

     
  3. Ocupación jurídica de bienes inmuebles.

     
  4. Delimitación del derecho de propiedad, ya sea por afectaciones al interés general o reglamentación general de los usos del suelo.

 

Consejo de Estado Sección Tercera, Sentencia 50001233100020032036201 (47126), Sept. 19/19. 

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