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Actualizado hace 1 día | ISSN: 2805-6396

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Julio Roberto Piza, nuevo consejero de la Sección Cuarta

02 de Agosto de 2017

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La Sala Plena del Consejo de Estado eligió a Julio Roberto Piza Rodríguez como nuevo consejero de la Sección Cuarta, en remplazo del jurista Hugo Bastidas Bárcenas, quien terminó su periodo constitucional el año pasado.

 

Piza es abogado de la Universidad Externado de Colombia y doctor en Derecho de la Universidad del Rosario, con especialización en Instituciones y Técnicas Fiscales del Instituto de Estudios Fiscales de España. (Lea: Catedrático de la Universidad del Rosario es el nuevo consejero de la Sección Primera)

 

Se ha desempeñado como secretario de Hacienda de la Alcaldía de Bogotá, director general de la Unidad Administrativa Especial de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y jefe de la División de Recursos Tributarios de la Administración de Impuestos de Bogotá, entre otros importantes cargos.

 

Algunas de sus publicaciones más destacadas son los libros: El impuesto sobre la renta y complementarios: consideraciones teóricas y prácticas y El impuesto sobre la renta en Colombia. También vale recordar que el Piza se ha desempeñado como destacado columnista de Ámbito Jurídico. (Lea: Los tres nuevos integrantes del Consejo de Estado en detalle)

 

Lo que debe saber de la Sección Cuarta

 

Está integrada por 4 magistrados (artículo 110 de Ley 1437 del 2011) y sus funciones se encuentran establecidas en el reglamento interno de la corporación, las cuales son el conocimiento de los siguientes procesos:

 

-Procesos de simple nulidad y nulidad y restablecimiento del derecho relacionados con impuestos y contribuciones fiscales y parafiscales, excepto las tasas.

 

-Procesos relacionados con los actos administrativos que se dicten para la enajenación de la participación del Estado en una sociedad o empresa.

 

-Recursos extraordinarios de revisión de sentencia que dicten los tribunales en asuntos relacionados con la competencia de esta sección.

 

-Acciones de nulidad y restablecimiento contra las resoluciones que fallen las excepciones y ordenen llevar adelante la ejecución en los procesos de cobro administrativo.

 

Consejo de Estado, Comunicado, Ago. 02/17

 

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