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Fijan horario laboral para servidores públicos de las alcaldías locales de Bogotá (3:00 p.m.)

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18 de Julio de 2016

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A través de la Resolución 318 del pasado 15 de junio, la Secretaría de Gobierno de Bogotá fijó el horario de trabajo de los servidores públicos que laboran en las alcaldías locales, el cual será de lunes a viernes en jornada continua de 7:00 a. m. a 4:30 p. m., incluida una hora de almuerzo, que deberá concertarse con el jefe de la dependencia entre las 12:00 m y las 2:00 p.m., de manera que no se afecte la prestación del servicio. Los alcaldes locales podrán establecer horarios alternativos en el caso de servidores con hijos en condición de discapacidad menores de 14 años que dependan absoluta y exclusivamente de ellos, siempre y cuando se demuestren dichas situaciones. Así mismo, por enfermedades graves debidamente diagnosticadas. La disposición derogó la Resolución 109 del 2016.

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