Administrativo
EXTRA: Dejan sin efecto recalificación del concurso de jueces y magistrados
08 de Septiembre de 2016
Se debe comenzar diciendo que un fallo de tutela del Consejo de Estado ordenó recalificar los exámenes de los concursantes de la Convocatoria 22 (Acuerdo PSAA13-9939 del 2013), el concurso de méritos para la provisión de cargos de funcionarios judiciales en todo el territorio nacional. (Lea: Corrigen lista de admitidos a curso concurso de jueces y magistrados)
En la decisión se ordenó a la Universidad de Pamplona incluir entre los ítems calificables de la prueba de conocimientos aquellos que fueron retirados de todos los exámenes por ausencia de posibilidad de respuesta, mala redacción, errores de ortografía y ambigüedad.
Así, la directora de la Unidad Administrativa de la Carrera Judicial, Claudia Granados, resolvió revocar las resoluciones CJRES15-20, de febrero 12 del 2015, CJRES16-39, de febrero 22 del 2016, y CJRES16-321, de junio 30 del 2016, mediante las cuales se publicaron los resultados obtenidos por los aspirantes en la prueba de conocimientos.
Pero también, en cumplimiento de lo ordenado por el Consejo de Estado, recalificó a todos los aspirantes, cuyos puntajes se pueden consultar en la Resolución CJRES16-355.
Aclaración del fallo de tutela
No obstante lo anterior, un auto reciente del consejero Gabriel Valbuena Hernández aclaró que con el mencionado fallo de tutela no se dispuso que se calificaran todas las preguntas de la prueba de conocimientos, sino que se incluyeran en la evaluación aquellas excluidas por motivos distintos al bajo índice de respuestas acertadas. (Lea: Lo que tiene que saber sobre el curso concurso de formación para jueces y magistrados)
“Si bien este estadio procesal no tiene como objeto el análisis del cumplimiento de la decisión de amparo, es apenas claro que ese acto administrativo desatiende de manera ostensible las directrices que se impartieron, al incluir todas las preguntas, sumado a que cierra la puerta al debido proceso administrativo al impedir la interposición del recurso que contempla la misma convocatoria, agregó
Razón por la cual el despacho de la Sección Segunda ordenó a la Unidad de Administración de la Carrera Judicial dejar sin efectos la Resolución CJRES16-355 y, de esta forma, cumplir el fallo de tutela de segunda instancia proferido en junio.
Precisiones para la nueva corrección
Para que no se produzcan nuevas confusiones el despacho realizó las siguientes precisiones a la Unidad Administrativa de Carrera Judicial:
· Si el único motivo de exclusión de preguntas de la prueba de conocimientos de la Convocatoria 22 fue el bajo índice de respuestas correctas, permanecerán vigentes los puntajes que se asignaron a los concursantes en las resoluciones CJRES15-20 y CJRES-15252.
· Por tanto, para el cumplimiento del fallo de tutela solo bastará que se expida una resolución que informe esa situación y en contra de la misma no procederá ningún recurso, puesto que tendría la naturaleza de un acto de ejecución, el cual no modificaría los puntajes asignados que ya fueron controvertidos mediante reposición.
· Si pese a tener un índice adecuado de respuestas acertadas (igual o superior al 10%) se excluyeron preguntas por mala redacción, errores de ortografía, ambigüedad, ausencia de posibilidad de respuesta u otras razones similares, se deben incluir en la calificación de la prueba de conocimientos de la Convocatoria 22.
· En consecuencia, para el cumplimiento del fallo también se deberá expedir una resolución que precise las preguntas que se incorporaron, el procedimiento que se utilizó para la recalificación y los guarismos que se aplicaron en cada uno de los grupos objeto de evaluación para establecer las respectivas curvas de rendimiento.
· Finalmente, contra tal acto administrativo procederá el recurso de reposición, dado que se estarían modificando los puntajes inicialmente asignados en las resoluciones referidas.
Consejo de Estado Sección Segunda, Auto 76001233300020160029401, Ago.23/16
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