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El 27 de marzo del 2018 es el plazo de inscripción de la cédula para elecciones presidenciales

07 de Marzo de 2017

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La Registraduría Nacional del Estado Civil expidió las resoluciones 2019 y 2020 del 2017, por medio de las cuales reglamenta el procedimiento de inscripción de cédulas, para realizar el censo electoral de las elecciones del Congreso de la República y presidenciales correspondientes al periodo constitucional 2018-2022.

 

Inscripción de cédulas en el territorio nacional

 

Así, la inscripción de cédulas para las elecciones congresionales se iniciará el 11 de marzo del 2017 y se extenderá hasta el 11 de enero del 2018. En cuanto a las elecciones para Presidente y Vicepresidente, la inscripción se extenderá hasta el 27 de marzo del 2018.

 

La Registraduría podrá hacer uso de medios electrónicos o dispositivos tecnológicos  que faciliten y garanticen la seguridad del procedimiento.

 

La inscripción se llevará a cabo en las sedes de las registradurías especiales, municipales y auxiliares en el horario de atención al público.

 

Al momento de realizar la inscripción, verifique que la Registraduría utilice el formulario E-3 (formulario de inscripción para ciudadanos colombianos), dispuesto por la Dirección de Censo Electoral, puesto que las inscripciones que se hagan en formularios distintos no tendrán ninguna validez.

 

Inscripción de cédulas de ciudadanía de colombianos residentes en el exterior

 

La inscripción de cédulas de ciudadanía de los colombianos que residan en el exterior se dará apertura el 11 de marzo de 2017 y estará abierta en el tiempo hasta los dos meses anteriores a la fecha del respectivo certamen democrático.

 

Para las elecciones de Congreso de la República del 11 de marzo del 2018, se tendrán en cuenta las inscripciones de ciudadanos residentes en el exterior efectuadas hasta el 11 de enero del 2018.

 

Para la actualización del censo electoral para la realización de las elecciones presidenciales, que se celebrará el 27 de mayo del 2018, se tendrán en cuenta las inscripciones efectuadas hasta el 27 de marzo del 2018.

 

La inscripción inicial se hará solamente en los puestos de votación debidamente registrados en la División Política (DIVIPOL), vigente.

 

Los ciudadanos se podrán inscribir con la cédula de ciudadanía o con el pasaporte válido y vigente. En este último caso, los funcionarios y ciudadanos colombianos que se designen transcribirán el número de la cédula contenida en el pasaporte.

 

Con todo, el único documento válido para ejercer el derecho al voto es la cédula de ciudadanía original.

 

Para atender las inscripciones de cédulas en el exterior, el Ministerio de Relaciones Exteriores desarrolló una aplicación web (proceso sistematizado de preinscripción) adicional al proceso tradicional. Para averiguar más al respecto. deberá comunicarse con la embajada u oficina consular más cercana.

 

(Registraduría Nacional, Resolución 2019 y 2020, 02/03/2017 )

 

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