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Aplicación retroactiva del incremento salarial daría lugar a devolución del auxilio de transporte

16 de Septiembre de 2016

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En concepto del Departamento Administrativo de la Función Pública (Dafp), es jurídicamente viable solicitar la devolución de los pagos hechos por concepto de auxilio de transporte a aquellos funcionarios que, en virtud del último incremento salarial y teniendo en cuenta el carácter retroactivo, han superado los dos salarios mínimos legales mensuales vigentes.

 

La entidad recordó que una vez efectuado el aumento salarial correspondiente es necesario tener en cuenta que el mismo tiene vigencia fiscal desde el 1° de enero, lo que implica que el aumento se produce desde dicha fecha para todos los efectos, a saber:

 

1.  Cotizaciones al sistema de seguridad social en salud y pensiones

2.  Liquidación de prestaciones sociales

3. Todo lo que se base en el salario del empleado

 

Aunque igual ocurriría con la dotación, señaló que si esta fue efectivamente utilizada en el ejercicio de sus funciones por el empleado no sería práctica su devolución. (Lea: Incrementos salariales a nivel público territorial no pueden sobrepasar límites fijados por el Gobierno)

 

Reajuste salarial

 

La entidad también recordó que, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 4ª de 1992 y con los pronunciamientos de la Corte Constitucional en las sentencias C-1433 del 2000 y C-815 de 1999, la remuneración de los empleados públicos deberá aumentar con base en lo siguiente:

 

1.Anualmente, con efectos fiscales a partir del 1º de enero.

 

2. Los aumentos salariales deben corresponder, por lo menos, al monto de la inflación del año anterior, para dar cumplimiento a cabalidad con los mandatos constitucionales que exigen conservar el poder real de los salarios de los trabajadores.

 

DAFP, Concepto 157131, 26/07/16

 

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