Sanciones y cómo excusarse para quienes no asistieron como jurados de votación
El cargo era de forzosa aceptación y los ciudadanos designados debían concurrir obligatoriamente a prestar el servicio.Openx [71](300x120)
09 de Marzo de 2026
Culminadas las votaciones para Congreso de la República y consultas interpartidistas, algunos ciudadanos se preguntan si por no asistir a su deber como jurados de votación enfrentarán algún tipo de sanción.
Lo primero que se debe tener en cuenta es que la Registraduría Nacional del Estado Civil notificó la designación de jurados publicando los nombres en su sitio web y fijando listas en lugares públicos, además de informar en los lugares de trabajo respectivos. No recibir una comunicación personal no era excusa para no asistir a prestar el servicio.
El cargo de jurado de votación era de forzosa aceptación y los designados debían concurrir obligatoriamente, la inasistencia injustificada será sancionada con destitución si se trata de servidores públicos y los demás ciudadanos serían multados hasta con 10 salarios mínimos mensuales. Tenga en cuenta que se podrían imponer sanciones a los jurados que no firmaron el acta de escrutinio o formulario E-14 .
Excepciones para desempeñar el cargo
• Ser menor de 18 años.
• Grave enfermedad del jurado o de su cónyuge, padre, madre o hijo.
• Muerte de alguna de las personas mencionadas anteriormente, ocurrida el mismo día de las elecciones o dentro de los tres días anteriores.
• Haberse inscrito y votar en otro municipio.
• No residir en el lugar donde fue designado.
¿Qué pruebas se pueden presentar?
• La enfermedad solo podrá acreditarse con la presentación del certificado médico.
• La muerte del familiar se sustenta con el certificado de defunción.
• La edad se confirma presentando el documento de identidad.
• La no residencia requiere certificación de vecindad expedida por el alcalde o autoridad competente del lugar donde se reside y el respectivo certificado de votación.
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