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Reducción de medidas de protección a líderes sociales debe ser suficientemente motivada

Se advirtió a la Fiscalía General de la Nación acerca de su deber de impulsar las investigaciones.

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Reducción de medidas de protección a líderes sociales debe ser suficientemente motivada (Procuraduría)

Foto: Procuraduría General de la Nación

21 de Julio de 2025

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La Unidad Nacional de Protección (UNP) debe motivar adecuadamente las decisiones relativas a la reducción de medidas de protección, pues de lo contrario podría vulnerar los derechos al debido proceso administrativo, vida, integridad y seguridad personal. Así lo precisó la Corte Constitucional al tutelar los derechos de un hombre a quien le fueron reducidas las medidas de seguridad de las que era beneficiario como líder social y víctima de amenazas.

El alto tribunal se refirió a la protección constitucional de las personas que integran la población líder y defensora de derechos humanos y, en particular, el alcance de los derechos a la seguridad personal y al debido proceso administrativo

La infracción cuestionada tuvo lugar al no motivar adecuadamente las decisiones sobre medidas de protección, pues se otorgó un indebido alcance a la falta de avance en las investigaciones penales, no se presentó un análisis detallado del caso, se dispuso la reducción injustificada del esquema de seguridad y no se aplicó un enfoque diferencial al determinar el nivel de riesgo.

La Sala dejó sin efectos las normas que redujeron sin motivación suficiente las medidas de protección ordenadas a favor del accionante. Hasta tanto la UNP concluya la evaluación en curso deberá restablecer y asegurar el suministro de las medidas reconocidas, esquema que estará vigente hasta tanto quede en firme el acto administrativo que notifique los resultados del nuevo estudio del nivel de riesgo.

Por otro lado, se advirtió a la Fiscalía General de la Nación acerca de su deber, en cumplimiento de los derechos a la justicia efectiva de la población líder y defensora de los derechos humanos, de adoptar las medidas necesarias para impulsar las investigaciones que correspondan teniendo en cuenta las condiciones específicas del accionante (M. P. José Fernando Reyes Cuartas).

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