Implementan el sistema de vigilancia y control de centros de conciliación y/o arbitraje (3:19 p.m.)
68735
22 de Septiembre de 2010
Escucha esta noticia audio generado con IA
Mediante la Resolución 2620 del 2009, aún sin publicar en el Diario Oficial, el Ministerio del Interior y de Justicia adoptó el sistema electrónico para el control, la inspección y la vigilancia de los centros de conciliación y/o arbitraje y las entidades avaladas para impartir cursos de formación en conciliación, a través del cual deben reportar la información prevista en la normativa vigente o la que requiera esa cartera. Tales centros y entidades y los servidores públicos facultados para conciliar deben remitir, en los meses de enero y julio, la relación del número de solicitudes radicadas, las materias objeto de controversias y la cantidad de acuerdos conciliatorios y de audiencias realizadas en cada periodo, reitera la norma, de acuerdo con lo previsto en la Ley 640 del 2001 (Ley de Conciliación) y su reglamentación.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!