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EPS vulneró derecho de acceso a información de salud reproductiva por incompleta e incomprensible

La accionante solicitó una recanalización tubárica para volver a tener hijos y solo se le informó que el PBS no cubría el procedimiento.

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EPS vulneró derecho de acceso a información de salud reproductiva por incompleta e incomprensible (Freepik)

Foto: Freepik

11 de Agosto de 2025

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Si bien la Corte Constitucional confirmó un fallo que negó el amparo del derecho a la salud por no probar la existencia de una orden médica sobre recanalización tubárica, tuteló el derecho fundamental al acceso a la información de salud reproductiva de la accionante y ordenó a la EPS otorgarle información completa, detallada y comprensible sobre el mencionado procedimiento.

La accionante, una mujer de 41 años de edad, afiliada al sistema de salud en el régimen subsidiado y clasificada en el Sisbén como persona en situación de pobreza extrema, se realizó hace 20 años la ligadura de trompas, pero desde hace tres años ha presentado dolores en sus mamas y útero, sangrados fuertes y abundantes y un desorden hormonal.

Solicitó a su médico tratante la recanalización tubárica, ya que desea volver a tener hijos y considera que sus afectaciones a la salud se deben a la ligadura de trompas. Sin embargo, se le indicó que el procedimiento no estaba cubierto por el PBS en el régimen subsidiado, por lo cual interpuso acción de tutela pues consideró vulnerados sus derechos a la vida y a la salud y solicitó su realización.

En única instancia, la accionada afirmó que en sus sistemas de información no existía orden médica sobre recanalización tubárica, mientras que en revisión adjuntó la historia clínica de la accionante donde se evidenció que aunque desde 2018 presentaba dolores crónicos en sus mamas e ingle fueron diagnosticados como miomatosis uterina, ovario poliquístico y mastopatía quística difusa, es decir, no guardaban relación con el procedimiento de ligadura de trompas.

El alto tribunal concluyó que la EPS no vulneró el derecho a la salud de la accionante, pero sí afectó su derecho a acceder a información de salud reproductiva. Si bien no se probó que negó acceso a la información o impuso una barrera administrativa, la información entregada por el médico tratante sobre la recanalización tubárica no fue completa, detallada y comprensible, lo que afectó su proyecto de vida y autodeterminación reproductiva (M. P. Natalia Ángel Cabo). 

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