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Jurisdicción indígena no es competente para conocer procesos judiciales por cobros de deudas (10:10 a.m.)

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20 de Octubre de 2011

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Los procesos civiles adelantados por demandas originadas en créditos sin pagar deben ser conocidos por la jurisdicción ordinaria, así las partes pertenezcan a comunidades indígenas, señaló el Consejo Superior de la Judicatura al resolver un conflicto de competencia. Según la Sala Jurisdiccional Disciplinaria, no hacen parte de la cultura indígena las controversias registradas por reclamos de deudas contenidas en títulos valores, como es el caso de las letras de cambio (M. P. Angelino Lizcano).

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