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Suspenden a juez penal de Cali, por demorarse más de cinco años para celebrar audiencia pública de juzgamiento (9:27 a.m.)

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30 de Mayo de 2011

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La Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura sancionó, por un mes, a un juez de Cali, a título de culpa grave, por haber faltado a sus deberes como funcionario de la Rama Judicial, porque demoró excesivamente el trámite de un proceso penal. Según la sala, lo que genera el reproche al servidor judicial no es la voluntad de lesionar intereses jurídicos, sino “los comportamientos que implican el cumplimiento incompleto y defectuoso de los deberes de cuidado y eficiencia que se le encomiendan”. El juez demoró cinco años, desde que su despacho inició el conocimiento del caso, para celebrar la audiencia pública de juzgamiento. La corporación, por su parte, explicó que la mora en llevar a cabo la audiencia vulnera dos de los principios más importantes de la administración de justicia: la celeridad y la eficiencia, sin que se encuentre debidamente justificada la actuación del funcionario (M. P. Ovidio Claros Polanco).

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