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Sobre los actos presuntos no opera la caducidad, pero sí la prescripción: Consejo de Estado (10:17 a.m.)

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26 de Enero de 2011

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El Consejo de Estado advirtió que como sobre los actos presuntos que resuelven un recurso no se aplica la caducidad de la acción, sobre los actos presuntos generados a partir de una petición tampoco. Por ello, puede demandarse en cualquier tiempo un acto ficto o presunto producto de un silencio administrativo. Sin embargo, una vez se causa el derecho, se cuenta con un lapso de tres años para reclamarlo inicialmente ante la administración y posteriormente en sede judicial. En esa medida, aunque no opera la caducidad sobre esos actos presuntos, sí la prescripción (C.P. Bertha Lucía Ramírez de Páez).

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