Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Consejo Superior reiteró que conducta disciplinaria dolosa no se puede inferir, sino que se debe probar (11:06 a.m.)

75835

28 de Julio de 2011

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
El Consejo Superior de la Judicatura reiteró que para imputar una conducta con dolo es necesario probar que esta se ejecutó conociendo los hechos que constituyeron la infracción y queriendo su realización. Por tal razón, la Sala Jurisdiccional Disciplinaria revocó la sanción disciplinaria impuesta contra los abogados Abelardo de La Espriella y Daniel Peñarredonda, suspendidos por tres meses por su responsabilidad en la comisión de la falta disciplinaria contra la recta y leal realización de la justicia. El alto tribunal señaló que el actuar de los abogados en la preparación de su testigo fue procedente, viable y legal y, por el desconocimiento de materias jurídicas del deponente, no se puede inferir dolo en la conducta, pues no siempre quienes intervienen de una u otra manera dentro de una investigación son intervinientes con conocimientos en la materia (M. P. Henry Villarraga).

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)